Traslado Internacional ICT España 2026: permiso intraempresarial | Bianca David Abogados
Permiso ICT · Ley 14/2013

Traslado Internacional
Intraempresarial
a España

¿Tu empresa necesita trasladar a un directivo, especialista o trabajador en formación a la sede española? El permiso ICT es la vía más rápida y eficiente del sistema español de extranjería para grupos multinacionales.

Resolución en 20 días Sin prueba de mercado Movilidad UE incluida
Consulta gratuita para empresas
Analizamos tu caso sin compromiso en menos de 24 horas.
SOLICITA TU CONSULTA
+500 permisos tramitados
20 días plazo de resolución
+10 años en extranjería empresarial
100% tramitación digital
UGE Unidad de Grandes Empresas
Permiso ICT

¿Qué es el permiso ICT y para qué sirve?

El permiso ICT (Intracompany Transfer o Traslado Intraempresarial) es una autorización de residencia y trabajo diseñada para empleados de grupos multinacionales que necesitan trabajar temporalmente en la filial, sucursal o sede española de su empresa.

Está regulado por la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y la Directiva europea 2014/66/UE, que homogeneiza las condiciones de traslado dentro de todos los países de la Unión Europea.

A diferencia de los permisos de trabajo ordinarios, el ICT no requiere demostrar que no existe un candidato local disponible (prueba de mercado) y se tramita íntegramente en España a través de la Unidad de Grandes Empresas (UGE), sin necesidad de visado previo.

Ventaja clave para empresas: Si el trabajador ya reside legalmente en España, puede iniciar la actividad desde el momento de la solicitud sin esperar a la resolución.
El permiso ICT en cifras
20
días hábiles de resolución en la UGE (uno de los más rápidos del sistema)
3
años de duración máxima para directivos y especialistas
29
países de la UE donde aplica la movilidad con permiso ICT-UE
0
pruebas de mercado exigidas — no hay que demostrar la ausencia de candidatos locales
Quién puede solicitarlo

Perfiles con acceso al permiso ICT

El permiso ICT está disponible para tres perfiles de trabajadores dentro del mismo grupo empresarial:

🏢 Perfil A
Directivos y gerentes

Personas que ocupen puestos de alta dirección o gerencia dentro del grupo empresarial. Deben tener poder de decisión real sobre la gestión de la empresa o de un departamento.

Duración máxima: 3 años
🔬 Perfil B
Especialistas

Trabajadores con conocimientos especializados, esenciales y poco frecuentes, relativos a los servicios, equipos o técnicas de la empresa. Incluye perfiles tecnológicos, científicos, financieros o de ingeniería.

Duración máxima: 3 años
🎓 Perfil C
Trabajadores en formación

Empleados titulados universitarios que se trasladan con el fin de recibir formación o perfeccionamiento en las técnicas o métodos de la empresa española. Debe acreditarse el programa formativo.

Duración máxima: 1 año
Requisito común: El trabajador debe llevar al menos 3 meses contratado en la empresa del grupo en otro país antes del traslado. La empresa española y la empresa de origen deben formar parte del mismo grupo empresarial (filial, subsidiaria, matriz o empresa afiliada).
Documentación

Requisitos para obtener el permiso ICT

La solicitud se divide en dos bloques de documentación: los relativos a la empresa y los relativos al trabajador.

🏦
Documentación de la empresa
  • Escritura de constitución y poderes del representante legal
  • Certificado de alta en el RETA o en la Seguridad Social como empresa
  • Acreditación de la relación entre la empresa española y la de origen (grupo empresarial)
  • Certificado de no existencia de sanciones laborales graves o muy graves
  • Memoria explicativa del traslado y justificación del perfil
  • Contrato laboral en España o carta de traslado con condiciones
👤
Documentación del trabajador
  • Pasaporte en vigor (mínimo 1 año de vigencia restante)
  • Certificado de antecedentes penales del país de residencia
  • Acreditación de la antigüedad mínima de 3 meses en la empresa del grupo
  • Titulación universitaria o acreditación de la experiencia profesional (para especialistas)
  • Seguro médico de enfermedad o acceso a la Seguridad Social
  • Documentación del programa formativo (solo para trabajadores en formación)
Proceso

Proceso de tramitación paso a paso

El permiso ICT se tramita íntegramente en España, sin consulado, a través de la Unidad de Grandes Empresas.

1
Fase previa
Análisis del caso y preparación del expediente

Revisión del perfil del trabajador, de la estructura del grupo empresarial y de la documentación disponible. Identificación de posibles carencias y estrategia de tramitación.

1–5 días hábiles
2
Documentación
Recopilación y preparación de la documentación

Reunión de toda la documentación corporativa y personal, traducciones juradas si son necesarias, apostillas y legalización de documentos extranjeros.

5–10 días hábiles
3
Presentación
Solicitud ante la UGE

Presentación electrónica del expediente completo ante la Unidad de Grandes Empresas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El trabajador puede iniciar la actividad desde este momento si ya reside legalmente en España.

Día 0 del cómputo
4
Resolución
Autorización de la UGE

La UGE resuelve en un plazo máximo de 20 días hábiles. En caso de silencio administrativo, se entiende estimada por silencio positivo.

Máx. 20 días hábiles
5
Alta y TIE
Alta en la Seguridad Social y Tarjeta de Identidad

Una vez concedido el permiso, alta del trabajador en la Seguridad Social y solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía.

5–10 días hábiles
6
Opciones adicionales
Reagrupación familiar y movilidad UE

Solicitud de reagrupación familiar para el cónyuge e hijos. Si el grupo necesita que el trabajador se mueva a otros países de la UE, tramitación del permiso ICT-UE para movilidad europea.

Tramitación paralela posible
Comparativa

ICT vs. otros permisos de trabajo

El permiso ICT destaca frente a otras vías por su rapidez, la ausencia de prueba de mercado y la movilidad europea que ofrece.

Característica Permiso ICT Trabajo cuenta ajena Visa Nómada Digital
Requiere prueba de mercado ✓ No ✗ Sí ✓ No
Plazo de resolución 20 días hábiles 45–90 días 20 días hábiles
Movilidad UE incluida ✓ ICT-UE ✗ No ✗ No
Tramitación sin consulado ✓ Solo UGE ✗ Consulado + UGE ✓ Solo UGE
Reagrupación familiar con trabajo ✓ Cónyuge con trabajo Parcial Parcial
Inicio de actividad inmediato ✓ Desde la solicitud ✗ Tras resolución ✓ Desde la solicitud
Requiere vínculo multinacional ✓ Sí (grupo empresarial) ✗ No ✗ No
Por qué elegirnos

Especialistas en extranjería empresarial

Gestionamos el permiso ICT de principio a fin para que el departamento de RRHH o Legal no dedique recursos internos al proceso.

01
Tramitación 100% digital

Todo el proceso se gestiona de forma electrónica ante la UGE. Sin desplazamientos innecesarios para la empresa ni para el trabajador.

02
Interlocutor único para RRHH

Un abogado responsable del caso desde el inicio hasta la entrega de la TIE. Reporting claro y plazos cumplidos. Sin intermediarios ni confusiones.

03
Experiencia en grupos multinacionales

Hemos gestionado traslados ICT para empresas de tecnología, ingeniería, finanzas y consultoría con sede en más de 20 países distintos.

04
Gestión de familia incluida

Tramitamos en paralelo la reagrupación familiar para que el trabajador llegue a España con toda su unidad familiar con los permisos resueltos.

05
Cumplimiento laboral y fiscal

Coordinamos con tu asesoría fiscal la planificación del régimen tributario del trabajador desplazado (IRNR, IRPF, régimen Beckham) desde antes de la llegada.

06
Renovaciones y seguimiento

Alertas automáticas de caducidad y gestión de renovaciones antes de que venza el permiso. El trabajador nunca está en situación irregular.

Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitas saber sobre el permiso ICT

  • El permiso ICT (Intracompany Transfer) es una autorización de residencia y trabajo para empleados de empresas multinacionales que se trasladan temporalmente a la filial, subsidiaria o sede española del mismo grupo empresarial. Está regulado por la Ley 14/2013 y la Directiva 2014/66/UE.
  • La Unidad de Grandes Empresas (UGE) resuelve las solicitudes ICT en un plazo de 20 días hábiles desde la presentación del expediente completo. Es uno de los permisos de trabajo más rápidos del sistema español de extranjería. En caso de silencio administrativo, se entiende estimado por silencio positivo.
  • Sí. El titular del permiso ICT puede solicitar la reagrupación familiar para su cónyuge o pareja de hecho e hijos menores de edad. Los familiares reagrupados obtienen autorización de residencia y, en el caso del cónyuge, también autorización de trabajo sin restricciones.
  • Para directivos y especialistas la duración máxima es de 3 años. Para trabajadores en formación, el límite es de 1 año. El permiso es renovable mientras se mantenga la relación laboral y la actividad empresarial que lo justifica.
  • El permiso ICT está reservado a empleados de grupos multinacionales y se tramita íntegramente en España a través de la UGE, sin necesidad de visado previo en el consulado. No requiere prueba de esfuerzo de contratación nacional (no hay que demostrar que no existe un candidato español), es más rápido y permite movilidad dentro de la UE con el permiso ICT-UE.
  • El permiso ICT-UE es una extensión del ICT que permite al trabajador trasladado desempeñar su actividad en filiales o entidades del grupo ubicadas en otros países de la Unión Europea, sin necesidad de tramitar un nuevo permiso en cada país. Es especialmente útil para perfiles que necesitan desplazarse regularmente entre sedes europeas.